El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ha instruido a la Secretaría de Gobernación (Segob) a que entregue la versión pública del expediente completo y concluido del permiso concedido para la operación de un Centro de Apuestas Remotas, abarcando el periodo de 2021 a 2023.
El comisionado presidente del INAI, Adrián Alcalá Méndez, al presentar el caso ante el pleno, destacó la importancia de satisfacer el interés de la sociedad por conocer información relevante sobre la regulación en el sector de juegos, sorteos y apuestas. Subrayó que esta actividad conlleva la posibilidad de actos de corrupción y puede tener impactos negativos en la salud, por lo que es crucial que la ciudadanía conozca los parámetros considerados por la Secretaría de Gobernación al otorgar estos permisos.
Alcalá Méndez enfatizó que el crecimiento significativo del mercado de juegos en México, impulsado por el aumento en el uso de dispositivos móviles y la amplia disponibilidad de contenido en estas plataformas para realizar apuestas, hace imperativo regular adecuadamente los establecimientos de juegos y apuestas para un control efectivo por parte del Estado.
El origen del caso
En respuesta a una solicitud de información, la Segob indicó que localizó un expediente correspondiente al año 2022 que contiene datos personales de personas físicas, clasificados como información confidencial. Además, precisó que el expediente solo está disponible de manera física y no se puede cargar en la Plataforma Nacional de Transparencia.
Ante la inconformidad de la persona solicitante, quien consideró confidencial parte del expediente y se opuso al cambio en la modalidad de entrega, se interpuso un recurso de revisión ante el INAI. Al analizar el caso, Alcalá Méndez determinó que es procedente la entrega de la información en versión pública, con la debida protección de los datos personales confidenciales, conforme a lo establecido en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP).
La resolución
Además, señaló que la LGTAIP estipula que los sujetos obligados deben poner a disposición de la ciudadanía, al menos, los documentos y políticas de permisos, especificando los titulares de los mismos, incluyendo el objeto, nombre o razón social del titular. Por lo tanto, el acceso a estos expedientes procede en versión pública, excluyendo únicamente las partes confidenciales.
La resolución del Pleno del INAI modificó la respuesta de la Segob y le instruyó entregar a la persona solicitante la versión pública del expediente completo y concluido del permiso para la operación de un Centro de Apuestas Remotas de 2021 a 2023. Este documento no deberá contener los nombres de los permisionarios y representantes legales, y la entrega deberá realizarse en formato digital, utilizando todas las modalidades posibles para hacerlo efectivo.